Lo que hace Ramón Triviño: sentencia
Mostrando entradas con la etiqueta sentencia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta sentencia. Mostrar todas las entradas

jueves, 21 de marzo de 2019

Nuevo revés judicial para los herederos de la fortuna Larios


La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia, de fecha 18 de septiembre de 2017, por la que el Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid absolvió al editor y director del periódico digital Vozpópuli, Jesús Cacho, y a Vozpópuli Digital S.A., de los delitos que se les imputaban en la querella interpuesta por la misma Fiscalía, a través del Fiscal Jefe Provincial de Madrid, José Javier Polo, con motivo de dos artículos aparecidos en Vozpópuli en el año 2014 relativos a las vicisitudes de la llamada fortuna Larios, según publica hoy el citado medio digital.

Carlos Gutierrez-Maturana-Larios y Altuna.
La demanda contra Cacho y Vozpópuli estuvo motivada por dos artículos aparecidos en este periódico el 21 de septiembre de 2014 (“La Justicia a través del espejo de la fortuna Larios”) y 5 de noviembre de 2014 (“La batalla familiar por la fortuna Larios y la corrupción en el Registro Mercantil”), de los que Cacho era autor y en los que hacía referencia a las vicisitudes de la famosa fortuna Larios, que desde hace años enfrenta a Carlos Gutierrez-Maturana-Larios y Altuna, actual marqués de Paul, con su madrastra, Bárbara Kalachnikoff, y hermanastras, Cristina y Bárbara Gutiérrez-Maturana-Larios Kalachnikoff.

Según la información avanzada por Vozpópuli, el escenario de tan cruenta pelea judicial ha sido la Audiencia Provincial de Albacete, donde el marqués de Paul, un factótum provincial entre cuyos amigos se citan el rey Juan Carlos I y empresarios tan notorios como Juan Abelló y Los Albertos (Cortina y Alcocer), venía ganando sistemáticamente (también en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha e incluso en el Tribunal Supremo) todos y cada uno de los pleitos, generalmente mercantiles, que le enfrentaron a su madrastra y hermanastras. “Un hacha este Carlitos, que contra toda lógica gana todos los pleitos importantes que emprende, mientras Doña Bárbara y sus hijas todos los pierden”. Escribía Cacho, que en definitiva, aludía a la eventual existencia de malas prácticas en la Audiencia Provincial de Albacete.

Y aunque el artículo de referencia no hacía alusión a ningún juez en concreto de la referida Audiencia Provincial, un magistrado de la misma, el juez Juan Manuel Sánchez Purificación, se dio por aludido y en fecha 27 de noviembre de 2014 interpuso denuncia contra el autor, que el 17 de marzo de 2015 prestó declaración en los juzgados de Albacete asistido por el letrado Juan Luis Ortega Peña. No contentos con la iniciativa del juez Purificación, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha cursó escrito al Fiscal Superior de dicha comunidad, todos a una como en Fuenteovejuna, que a su vez se inhibió en la Fiscalía Provincial de Madrid, instando la adopción de medidas penales contra el autor del artículo por parte del Ministerio Público, labor que esta Fiscalía hizo suya con la presentación de una querella firmada por el Fiscal Jefe Provincial de Madrid, José Javier Polo Rodríguez. A la Fiscalía no le gusta que se critique a la Justicia, añade la información de Vozpópuli.

En la misma se señala que, en su fallo de fecha 12 de marzo de 2019, los tres magistrados de la Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, tras afirmar “compartir en su integridad los argumentos de la Magistrada de lo Penal” (que dictó la sentencia absolutoria recurrida), señalan expresamente que “los artículos expresan una opinión del periodista que tomando postura por una de las partes implicadas en las vicisitudes personales y económicas de la familia Gutiérrez-Maturana-Larios, tanto en su ámbito privado como de sus amistades y en el judicial en el que al parecer se han sucedido pleitos numerosos con suerte favorable para la parte contraria, y que las críticas en términos generales se hacen no solo respecto a los Jueces y Tribunales de Albacete sino también a los Juzgados de lo Mercantil o al Tribunal Supremo, con una idea que subyace cual es una descalificación general en base a invocar la parcialidad judicial y la influencia que en la Justicia tienen los grandes bufetes y los personajes con poder”.

“Si a lo anterior se une como lo hace la Juez de Instancia que en ningún momento se identifica a los Magistrados que dictaron las resoluciones, salvo a uno de ellos y por determinada relación familiar, la conclusión no puede ser otra que los hechos no revisten los requisitos exigibles para calificarlos como delito”, razón por la cual viene a confirmar la sentencia dictada y falla desestimando “el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 30 de Madrid con fecha 18 de septiembre de 2017”.

En la misma información a la que se alude se señala que, la Fiscalía, con el Fiscal Jefe Provincial de Madrid, José Javier Polo, a la cabeza, se la envaina definitivamente, y otrosí hace el juez Sánchez Purificación. Conviene recordar que en la declaración efectuada por Cacho en Albacete, el citado juez negó de forma reiterada la existencia de ese derecho recogido en nuestra Constitución que tiene cualquier periodista en el ejercicio de sus labores informativas a mantener el secreto de sus fuentes, reclamándole de modo perentorio la identidad de las mismas puesto que “no existe tal derecho”. El juez Purificación llegó incluso a preguntar al declarante si había recibido dinero por escribir el artículo de referencia, y aún fue más lejos al reclamar los movimientos de la cuenta bancaria de Cacho para comprobar si efectivamente figuraba en ella algún tipo de ingreso recibido como contraprestación por la publicación del mismo.

Todos los pormenores de este pleito y la larga disputa judicial entre distintos herederos de la fortuna Larios se narran en el reciente libro “La herencia envenenada del marqués de Larios”, escrito por el periodista Ramón Triviño que ya trabaja en la segunda parte del libro/reportaje que centra sus investigaciones, entre otras cosas, en el presunto asesinato del IV marqués de Larios, José Antonio Larios Franco.






viernes, 10 de agosto de 2018

El reparto de la herencia Larios


Ya se han abordado en este mismo blog diversos aspectos de la tortuosa senda que ha llevado por los tribunales de Justicia la herencia del que fuera IV marqués de Larios, José Antonio Larios Franco, que en su día formarán parte de los capítulos de mi libro La herencia envenenada del marqués de Larios.

Pero el largo calvario judicial familiar no había puesto aún su punto y final. Estaba pendiente el montante hereditario a repartir. Carlos Altuna, actual marqués de Paul, logró que el Tribunal Supremo le reconociese la donación de 135.252 participaciones en la sociedad Mazacruz que su padre le firmó en vida. En 2014 los magistrados de la Audiencia Provincial de Albacete se reúnen para dirimir si esa donación en vida computaba a la hora de calcular el legado a repartir y si podía entenderse que Carlos Altuna habría cobrado ya su legítima con esta donación valorada en 77 millones de euros, cantidad superior a la que le corresponde en herencia, que estaría entre los 20 y los 24 millones de euros.

Finca de Los Llanos en Albacete.
Estaba en juego toda la fortuna inmobiliaria repartida entre Málaga y Madrid, incluida, la finca de Los Llanos en Albacete, la joya de la corona. El 28 de enero de 2015 la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Albacete emite un veredicto que vuelve a favorecer a Carlos Altuna, por lo que la familia encabezada por Bárbara Kalachnikof presenta ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo un nuevo recurso, que esta vez les concede, al menos en parte, la razón, ya que zanja el conflicto sucesorio y soluciona el reparto del patrimonio.

La Sala de lo Civil del Supremo se reúne en pleno utilizando una fórmula extraordinaria, se trata de un conjunto de 10 magistrados, el 20 de julio de 2018, para dictar la sentencia 473/2018, que consta de 17 folios, sobre el recurso de casación 3560/2015. El tribunal dictamina que la donación hecha en vida a Carlos Gutiérrez-Maturana Altuna, el 27% de la sociedad Mazacruz, debe ser incluida en el cálculo del reparto de toda la herencia.

Como se recordará, el marqués de Paul firmó un documento privativo por el que donaba el 27,46% de Mazacruz a su primogénito, Carlos Gutiérrez-Maturana Altuna. En ese documento, validado luego por la justicia, se recogía que ese patrimonio, valorado según dice la sentencia en 74 millones de euros, no debía contabilizar a efectos de repartir la herencia entre Carlos Altuna, su hermano José Antonio, sus dos hermanastras y la viuda del marqués.

Después, el marqués en su testamento dispuso que sí se tuvieran en cuenta esas donaciones para repartir la herencia y calcular la legítima que correspondía a los varones. A Carlos Altuna, según figura en la sentencia, le  corresponderían más de 21 millones de euros.

La cuestión que en realidad dirimía el Tribunal Supremo estaba en si debía ser tenida en cuenta, o no, en el cálculo de la legítima, la donación. Es decir, en lenguaje jurídico, se trataba de dar validez a la donación, y decidir si la donación era colacionable o no. Una decisión que podría zanjar, según las fuentes consultadas,  el conflicto sucesorio, y hacer decaer los procedimientos ejecutivos que Carlos Altuna había interpuesto para que las Kalachnikof le pagaran el dinero de la legítima.

Según las mismas fuentes jurídicas, tras el fallo del Supremo, no hay consecuencias respecto al patrimonio de Mazacruz, aunque esos 74 millones del 27,46% de Mazacruz superen el valor de la legítima que le correspondía al actual marqués de Paul.